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Encuestas institucionales de satisfacción ciudadana

 

La Encuesta de Satisfacción Ciudadana debe ser aplicada en los órganos y entes que conforman la Administración Pública, en cumplimiento de las normativas vigentes del sector público. Los mismos deben remitir al Ministerio de Administración Pública el informe de los resultados de dicha encuesta, la cual debe ser aplicada en el primer semestre.

 

El informe de resultados de las encuestas aplicadas en los órganos y entes, serán revisados y validados por la Dirección de Monitoreo y Evaluación de los Servicios Públicos del Viceministerio de Servicios Públicos a lo interno del MAP y publicado en el Barómetro de Satisfacción de la Calidad de los Servicios Públicos dentro del portal del Observatorio Nacional de la Calidad de los Servicios Públicos.

 

Documentos importantes

Descripción

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Resolución Núm. 03-2019, que establece el proceso para la realización de la Encuesta de Satisfacción Ciudadana en los órganos y entes que conforman la Administración Pública.
Presentación de la socialización sobre la aplicación de encuestas de satisfacción de usuarios (cálculo de la muestra)
Cuestionario para servicios presenciales
Cuestionario para servicios Interinstitucionales
Cuestionario para servicios en línea
Contenido de ficha Técnica para la aplicación de encuestas de satisfacción de usuarios
Ejemplo de Programación para encuestas de satisfacción de usuarios
Modelo de informe para encuestas de satisfacción de usuarios